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Trámites y Representación

Modelo de poder simple para completar

Prepara un borrador para un trámite determinado y comprueba qué forma exige la institución receptora.

En corto: Completa una autorización específica. Descargar este modelo no certifica firmas ni reemplaza una notaría; su aceptación depende del trámite y de los requisitos de la institución.

Fuente: Biblioteca del Congreso Nacional. Revisado el 27 de octubre de 2026.

Datos del Poder

[Lugar],
Poder simple — borrador para revisar

Por medio del presente instrumento, yo, María Teresa Sepúlveda Lagos, Cédula Nacional de Identidad N° 14.321.987-6, confiero poder simple y mandato especial a don(ña) Carlos Esteban Rojas Sepúlveda, Cédula Nacional de Identidad N° 19.654.321-0, para que en mi nombre y representación comparezca ante:

[Institución que recibirá el documento]

Y proceda a ejecutar la siguiente gestión específica:

[Describir un único trámite y los documentos que se autoriza a solicitar o retirar.]

El encargo se limita al trámite descrito. No autoriza otros actos, cobros, declaraciones ni delegaciones que no estén expresamente indicados en este documento.

María Teresa Sepúlveda Lagos

RUT: 14.321.987-6

Firma Mandante (Otorga)

Carlos Esteban Rojas Sepúlveda

RUT: 19.654.321-0

Firma Mandatario (Acepta)

Qué autoriza este modelo y cuándo hace falta notaría

El mandato permite encargar un asunto a otra persona. El Código Civil lo regula en el artículo 2.116; el artículo 2.123 admite distintas formas, pero mantiene las exigencias especiales de los actos que requieren instrumento auténtico. Un documento privado no sirve automáticamente para cualquier gestión.

Identifica a quien otorga y a quien recibe el poder, escribe el trámite concreto y la institución y revisa el texto completo antes de firmar. Si hay montos, documentos específicos o una fecha de término, inclúyelos expresamente en el encargo. Evita fórmulas abiertas que permitan actuaciones que no deseas autorizar.

Un ejemplo de requisito especial: para los trámites presenciales de formularios que indica su página, el SII exige poder firmado y autorizado ante notario. En prestaciones de seguridad laboral, SUSESO distingue tramitar de cobrar: no tienen necesariamente la misma formalidad. Consulta el requisito del trámite que vas a realizar.

La vista previa es un borrador editable. No incorpora firma electrónica, verificación de identidad ni autorización de un ministro de fe. Si te exigen un formulario institucional o escritura pública, utiliza ese procedimiento. Este modelo no sustituye un mandato judicial.

Base normativa: Código Civil, arts. 2116 y 2123. Consulta las fuentes indicadas y las condiciones de tu caso.

Preguntas frecuentes

¿El PDF queda autorizado ante notario?

No. La descarga solo prepara el texto. Si el trámite exige firma autorizada o escritura pública, debes completar ese procedimiento por separado.

¿Un poder simple sirve para cualquier trámite?

No. La forma depende del acto y de las exigencias de la institución receptora; el artículo 2123 conserva las formalidades especiales establecidas por la ley.

¿Puedo dejar una autorización general para todo?

Este modelo está pensado para un encargo específico. Describe qué documentos o gestiones permites y limita expresamente el alcance.

¿Los datos se envían al generar el documento?

Las casillas actualizan la vista previa en tu navegador. Este generador no envía los nombres, RUT ni el texto del encargo a una institución ni obtiene su aprobación.