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MéxicoUDI $8.874953UMA diaria $117.31Dólar FIX $18.7962Cetes 28 días 6.22 %al 31 oct 2026

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Tablas ISR 2026: tarifa mensual, anual y calculadora

Las tarifas del ISR para sueldos y salarios vigentes en 2026, actualizadas por inflación en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal. Escribe tu ingreso y verás en qué fila caes, el ISR, el subsidio para el empleo y lo que te retienen.

Tu ingreso

Tu sueldo del periodo sin las partes exentas (por ejemplo, parte del aguinaldo o de la prima vacacional).

Tu ISR

ISR a retener en el mes

$0.00

  • Fila de la tabla
  • Excedente sobre el límite inferior$0.00
  • Impuesto marginal$0.00
  • Cuota fija$0.00
  • ISR antes del subsidio$0.00
  • Subsidio para el empleo$0.00
  • Tasa efectiva0 %

Tabla ISR mensual 2026 (artículo 96)

Para la retención de sueldos y salarios y los pagos provisionales de cada mes de 2026.

Límite inferiorLímite superiorCuota fija% sobre el excedente
$0.01$844.59$0.001.92 %
$844.60$7,168.51$16.226.40 %
$7,168.52$12,598.02$420.9510.88 %
$12,598.03$14,644.64$1,011.6816.00 %
$14,644.65$17,533.64$1,339.1417.92 %
$17,533.65$35,362.83$1,856.8421.36 %
$35,362.84$55,736.68$5,665.1623.52 %
$55,736.69$106,410.50$10,457.0930.00 %
$106,410.51$141,880.66$25,659.2332.00 %
$141,880.67$425,641.99$37,009.6934.00 %
$425,642.00En adelante$133,488.5435.00 %

Tabla ISR anual 2026 (artículo 152)

Para la declaración anual del ejercicio 2026, que se presenta en abril de 2027.

Límite inferiorLímite superiorCuota fija% sobre el excedente
$0.01$10,135.11$0.001.92 %
$10,135.12$86,022.11$194.596.40 %
$86,022.12$151,176.19$5,051.3710.88 %
$151,176.20$175,735.66$12,140.1316.00 %
$175,735.67$210,403.69$16,069.6417.92 %
$210,403.70$424,353.97$22,282.1421.36 %
$424,353.98$668,840.14$67,981.9223.52 %
$668,840.15$1,276,925.98$125,485.0730.00 %
$1,276,925.99$1,702,567.97$307,910.8132.00 %
$1,702,567.98$5,107,703.92$444,116.2334.00 %
$5,107,703.93En adelante$1,601,862.4635.00 %

Subsidio para el empleo 2026

Cuota fija de $535.65 al mes (15.02 % de la UMA mensual de $3,566.22) para quien tiene ingresos gravados de hasta $11,492.66 al mes. En enero fue de $536.21, porque se calculó con la UMA de 2025. Por quincena son $264.30 y por semana, $123.34.

Si eres persona física con actividad empresarial o profesional en el RESICO, tus tasas son otras (del 1 % al 2.5 %): usa la calculadora RESICO. Para tu nómina completa con IMSS, la de sueldo neto.

Preguntas frecuentes sobre las tablas del ISR

¿Qué son las tablas del ISR 2026?

Son las tarifas del artículo 96 (mensual) y del artículo 152 (anual) de la Ley del ISR, con las que se calcula el impuesto de sueldos y salarios. Para 2026 se actualizaron porque la inflación acumulada desde la última actualización superó el 10 %; se publicaron en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2026, en el DOF del 28 de diciembre de 2025.

¿Cómo se usa la tabla del ISR?

Busca la fila en la que cae tu ingreso gravable del mes. Al ingreso le restas el límite inferior de esa fila, al excedente le aplicas el porcentaje y le sumas la cuota fija. Ese es el ISR antes del subsidio. Con 15,000 pesos: (15,000 − 14,644.65) × 17.92 % + 1,339.14 = 1,402.82 pesos.

¿Cómo funciona el subsidio para el empleo en 2026?

Desde mayo de 2024 es una cantidad fija: en 2026, 535.65 pesos al mes (15.02 % de la UMA mensual), y solo para quien gana hasta 11,492.66 pesos mensuales gravados. Se resta del ISR; si el ISR es menor, la diferencia no se entrega en efectivo.

¿Y si me pagan por quincena o por semana?

El patrón aplica la tarifa del periodo correspondiente del Anexo 8, que equivale a la mensual proporcional a los días pagados (dividida entre 30.4 y multiplicada por los días). El subsidio también se prorratea: 264.30 pesos por quincena y 123.34 por semana.

¿La tabla anual sirve para la declaración?

Sí. La tarifa del artículo 152 se aplica en la declaración anual de 2026, que se presenta en abril de 2027, sobre tus ingresos del año menos las deducciones personales.

Fuentes: Ley del ISR, artículos 96 y 152; Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 (DOF del 28 de diciembre de 2025); Decreto que otorga el subsidio para el empleo (DOF del 1 de mayo de 2024, reformado el 31 de diciembre de 2024 y el 31 de diciembre de 2025). Cálculo referencial.