Calculadora de gratificación 2026: julio y diciembre
Calcula tu gratificación de Fiestas Patrias o de Navidad con la bonificación extraordinaria del 9 %, completa o proporcional a los meses trabajados en el semestre.
Tu semestre
Tu gratificación
Total a recibir
S/ 0
- GratificaciónS/ 0
- Bonificación extraordinariaS/ 0
Sin descuento de AFP ni ONP. Puede tener retención de renta de quinta categoría.
Las dos gratificaciones del año
| Gratificación | Semestre que paga | Se paga hasta |
|---|---|---|
| Fiestas Patrias | Enero a junio | 15 de julio |
| Navidad | Julio a diciembre | 15 de diciembre |
Un sexto de la gratificación también suma a tu CTS. Para tu sueldo neto mensual, usa la calculadora de sueldo neto.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es la gratificación?
Un sueldo completo en julio y otro en diciembre, si trabajaste todo el semestre. Si no, la parte proporcional: un sexto del sueldo por cada mes calendario completo. A eso se suma una bonificación del 9 % (o 6.75 % si tienes EPS).
¿Cuándo se paga la gratificación?
Hasta el 15 de julio la de Fiestas Patrias y hasta el 15 de diciembre la de Navidad.
¿La gratificación tiene descuentos?
No se le descuenta AFP, ONP ni EsSalud. Sí puede tener retención de renta de quinta categoría si tus ingresos del año pasan de 7 UIT.
¿Qué es la bonificación extraordinaria del 9 %?
El aporte a EsSalud que el empleador tendría que pagar sobre la gratificación. Por ley, en lugar de ir a EsSalud se te paga a ti. Si estás en una EPS, es el 6.75 %.
¿Cuánto me toca si renuncio antes?
La gratificación trunca: un sexto de tu sueldo por cada mes completo del semestre, más la bonificación. Necesitas haber trabajado al menos un mes completo. Va en tu liquidación: calcúlala con la calculadora de liquidación.
Fuentes: Ley 27735 y su reglamento (Decreto Supremo 005-2002-TR); Ley 30334 (bonificación extraordinaria). En las pequeñas empresas la gratificación es de medio sueldo y en las microempresas no hay.